Facturación electrónica obligatoria en 2026. Constrigo ya está listo.Saber más

Constrigo
Normativa18 min

Autoliquidación del IVA en la subcontratación de la construcción: normas, mención y ejemplo

Quién factura, quién declara, qué mención incluir: guía de uso de la autoliquidación entre contratista principal y subcontratista

En la subcontratación de la construcción en Francia, el subcontratista factura sin IVA y el contratante declara el IVA, bajo ciertas condiciones. Aquí encontrará los trabajos afectados, la mención «Autoliquidation» que debe figurar en la factura, la declaración de cada empresa, los puntos de vigilancia en caso de error y un ejemplo ilustrado.

EC

Equipo Constrigo

Expertos en software y gestión de la construcción. Explicamos la normativa y las buenas prácticas. · 25 de octubre de 2026

Compartir

En resumen

En la subcontratación de la construcción en Francia, el subcontratista factura sin IVA y el contratante declara el IVA, bajo ciertas condiciones. Aquí encontrará los trabajos afectados, la mención «Autoliquidation» que debe figurar en la factura, la declaración de cada empresa, los puntos de vigilancia en caso de error y un ejemplo ilustrado.

¿Qué es la autoliquidación del IVA en la subcontratación de la construcción y quién declara el IVA?

La autoliquidación (« autoliquidation ») del IVA (impuesto sobre el valor añadido) en la subcontratación de la construcción es un mecanismo del CGI (Code général des impôts, el código tributario francés): el subcontratista factura sus trabajos inmobiliarios sin IVA, con la mención «Autoliquidation», y la empresa contratante declara ella misma ese IVA y después lo deduce si tiene derecho a ello.

El subcontratista es la empresa que realiza una parte de los trabajos por cuenta de otra empresa, en el marco de un contrato de obra celebrado con un contratista principal. El contratante (donneur d'ordre) es la empresa que le encarga esos trabajos: lo más habitual es el contratista principal, pero a veces es un subcontratista de rango superior dentro de una cadena de subcontratación. Con la autoliquidación, la declaración del IVA pasa del proveedor (el subcontratista) al adquirente (el contratante). El subcontratista ya no hace figurar IVA en su factura. El contratante declara el IVA en su propia declaración y lo deduce dentro del límite de su derecho a deducción, es decir, la parte del IVA que tiene derecho a recuperar sobre sus compras.

Este artículo se centra en la relación entre contratante y subcontratista, y no en el funcionamiento general del IVA. Para las normas generales, una ficha de service-public.gouv.fr dedicada al IVA ofrece el marco básico; la doctrina administrativa del BOFiP (Bulletin officiel des finances publiques) precisa el tratamiento de la subcontratación y prevalece sobre este artículo en caso de duda. Para organizar sus contratos, la página de subcontratación presenta la gestión de subcontratistas, útil tanto para las microempresas de la construcción como para las pymes de la construcción.

Lo que cambia la autoliquidación en la gestión diaria

Para el subcontratista, la factura ya no incluye una línea de IVA y el pago no contiene ningún impuesto. Para el contratante, el IVA ya no pasa por el proveedor: aparece en su declaración. La aplicación de la autoliquidación se deriva de la ley, no se elige por contrato. Por tanto, las dos empresas deben aplicar la misma regla; de lo contrario, sus asientos contables divergen. Redacte una instrucción interna sencilla y distribúyala a toda persona que emita o registre facturas de subcontratación.

A retener Cuando se aplica la autoliquidación, el subcontratista factura sin IVA al contratante y hace constar la mención «Autoliquidation» en la factura. Afecta a trabajos inmobiliarios, en particular de construcción, reparación, limpieza, mantenimiento, transformación y demolición en la edificación y las obras públicas, encargados en subcontratación a una empresa contratante sujeta al IVA. El contratante declara el IVA en su propia declaración y lo deduce según su derecho a deducción. La regla no se aplica ni a la factura al cliente final ni a la relación entre cotratantes. Si se ha facturado IVA por error o se ha olvidado la mención, hay que corregir la factura en cuanto se detecte, con el apoyo del experto contable.

¿En qué casos se aplica la autoliquidación entre el contratista principal y su subcontratista?

La autoliquidación afecta a trabajos inmobiliarios subcontratados. Se contemplan en particular los trabajos de construcción, incluidas las operaciones de reparación, limpieza, mantenimiento, transformación y demolición, en la edificación y las obras públicas, cuando se realizan en subcontratación. La noción de trabajos inmobiliarios prevalece sobre la denominación de la actividad: una empresa de la construcción que suministra un bien o un servicio sin relación con un inmueble no entra en el ámbito de aplicación.

Se acumulan tres condiciones: la naturaleza de los trabajos, la relación contractual y el estatuto del contratante. El subcontratista debe realizar esos trabajos por cuenta de otra empresa, en virtud de un contrato de subcontratación celebrado con un contratista principal o con un subcontratista de rango superior. El contratante debe estar sujeto al IVA. La regla se aplica también en cadena: un subcontratista que factura al subcontratista de rango superior factura en autoliquidación, y este último factura a su vez al contratista principal en autoliquidación. Solo la factura final del contratista principal a su cliente sigue las reglas habituales del IVA.

Criterios que conviene comprobar antes de emitir o revisar una factura
CriterioPregunta que hay que hacerseSi la respuesta es no
Naturaleza de los trabajos¿Son trabajos inmobiliarios (construcción, reparación, limpieza, mantenimiento, transformación o demolición) de la edificación o de las obras públicas?La autoliquidación no se aplica por este fundamento: facturación con IVA según las reglas habituales
Relación contractual¿Actúa quien factura como subcontratista de otra empresa, sea cual sea su rango en la cadena?Revisar el esquema contractual antes de facturar
Destinatario de la factura¿Se dirige la factura al contratante (contratista principal o subcontratista de rango superior)?Factura dirigida al cliente final: regla general
Estatuto del contratante¿Está el contratante sujeto al IVA?No aplicar la autoliquidación sin la validación del experto contable o del servicio de impuestos de las empresas
Prueba del contrato¿Menciona el contrato de subcontratación o el pedido esta relación?Completar el expediente para poder justificar la facturación

Fuente: CGI y doctrina del BOFiP. Esta tabla es una ayuda de control, no sustituye la lectura de los textos.

Cómo verificar la naturaleza de los trabajos antes de facturar

La calificación depende del contenido real de la prestación, no del título de la factura. Antes de emitir o registrar una factura, compare la descripción de los trabajos con la lista anterior y con el contrato de subcontratación.

  • Relea el contrato, el presupuesto aceptado o el pedido: describen los trabajos encargados.
  • Compruebe que la factura recoge la misma descripción e indica la obra de que se trata.
  • Pida al contratante que confirme por escrito que está sujeto al IVA.
  • Comunique al experto contable las prestaciones mixtas o inusuales antes de la primera factura, no después.
  • Archive el contrato junto con la factura para poder justificar el tratamiento en caso de inspección.

¿Qué situaciones quedan excluidas: cliente final, promotor, cotratación?

La autoliquidación no se aplica a cualquier factura de la construcción. Una empresa que factura directamente a su cliente final o al promotor (maître d'ouvrage, la persona para quien se construye la obra) no está en una situación de subcontratación: factura el IVA según las reglas habituales. Aplicar la autoliquidación a este tipo de factura es un error de calificación: la factura no se corresponde con la regla aplicable y debe rectificarse.

La cotratación es la otra situación que no hay que confundir. En una agrupación de cotratantes, cada empresa contrata directamente con el cliente su parte de los trabajos. Ninguna trabaja por cuenta de otra, por lo que no existe una relación de subcontratación entre ellas: la autoliquidación no se aplica entre cotratantes. Si un montaje incluye además una verdadera subcontratación, esa relación sigue las reglas de la subcontratación. Para distinguir ambos montajes, la página dedicada a las agrupaciones de cotratación detalla la organización contractual.

El caso del contratante no sujeto al IVA exige la misma prudencia. El mecanismo descansa en un contratante que puede declarar el IVA: si no es así, el subcontratista no puede presumir que se aplica la autoliquidación. Debe entonces pedir al contratante una confirmación de su estatuto y hacer validar el tratamiento por su experto contable antes de emitir la factura.

Una pauta sencilla para identificar la relación

Hágase una pregunta: ¿con quién firmó la empresa su contrato? Si contrató con el cliente, factura al cliente con IVA. Si contrató con otra empresa que tiene todo o parte del contrato, es subcontratista y factura a esa empresa en autoliquidación, siempre que esta esté sujeta al IVA. En caso de duda sobre la calificación del montaje, haga validar el caso por su experto contable antes de emitir la factura.

Subcontratación, cotratación y facturación al cliente final
Situación¿Con quién contrata la empresa?Autoliquidación
Subcontratista directo del contratista principalEl contratista principalAplicable a los trabajos inmobiliarios contemplados, si el contratante está sujeto al IVA
Subcontratista de otro subcontratistaEl subcontratista de rango superiorAplicable: factura a este subcontratista en autoliquidación
CotrataciónEl cliente, cada cotratante por su parteNo aplicable entre cotratantes
Facturación al cliente final o al promotorEl clienteNo aplicable
Contratante no sujeto al IVAEl contratanteDebe validarse antes de facturar

Para los montajes mixtos o los casos límite, haga validar la calificación por su experto contable antes de emitir la factura.

Los montajes mixtos exigen la mayor vigilancia. Una misma empresa puede ser cotratante en una parte del contrato y subcontratista en otra. Cada flujo de facturación se califica entonces por separado, en función del contrato en que se basa. Documente esta distinción en el expediente de obra desde el inicio, para que la persona encargada de la facturación aplique la regla correcta a cada factura.

¿Qué mención debe llevar la factura del subcontratista y qué hace este con el IVA?

El subcontratista emite una factura sin IVA que lleva la mención «Autoliquidation». Esta mención es obligatoria en la factura cuando el mecanismo se aplica. Para las normas generales de facturación, la ficha de entreprendre.service-public.gouv.fr trata el IVA en general; no sustituye la doctrina del BOFiP para este caso concreto. La factura indica el importe sin impuestos y no incluye ningún IVA facturado: el importe a pagar es, por tanto, igual al importe sin impuestos.

La mención «Autoliquidation» debe ser legible e inequívoca, para que se entienda por qué la factura no lleva IVA. Además, la facturación electrónica modifica la manera de intercambiar facturas: la guía de la facturación electrónica presenta el formato Factur-X y sus implicaciones para la emisión de facturas. Si la obra se factura por avance, cada certificación de obra emitida por el subcontratista debe seguir la misma lógica que la factura final: misma calificación, misma mención, ningún IVA facturado.

¿Qué hace el subcontratista con la operación en su declaración de IVA?

El subcontratista no cobra IVA en esta factura. Refleja la operación en su declaración de IVA, en la casilla indicada por el formulario oficial vigente. Su experto contable confirma esa casilla según su régimen de tributación. Compruebe antes de cada emisión la configuración de la factura sin IVA y de la mención en la herramienta de gestión y facturación que utilice: una vez enviada la factura, la corrección exige una factura rectificativa y una nueva factura.

  1. Comprobar que el cliente es efectivamente el contratante, que está sujeto al IVA y que los trabajos son trabajos inmobiliarios de la edificación o de las obras públicas.
  2. Emitir la factura sin IVA, indicando el importe sin impuestos.
  3. Añadir la mención «Autoliquidation» en la factura.
  4. Reflejar la operación en su declaración de IVA, en la casilla indicada por el formulario oficial vigente.
  5. Conservar el contrato de subcontratación junto con la factura.

Una buena práctica consiste en crear una plantilla de factura específica para la subcontratación, con la mención ya incluida y el IVA desactivado. La plantilla evita improvisar en cada obra, reduce el riesgo de olvido y agiliza el control tanto para el gerente como para el departamento administrativo.

¿Cómo declara y deduce el IVA la empresa contratante?

Por el lado del adquirente, el IVA es debido por el contratante. Este lo calcula él mismo a partir del importe sin impuestos de la factura, al tipo aplicable a los trabajos de que se trate, y luego lo declara en su declaración de IVA, según su régimen de tributación. Después puede deducirlo: el IVA deducible es el IVA que la empresa recupera sobre sus compras, dentro del límite de su derecho a deducción.

En el caso habitual de una empresa con pleno derecho a deducción, el IVA devengado y el IVA deducible se compensan. Sin embargo, la deducción no siempre se produce en el mismo momento que la declaración del IVA devengado: un desfase puede afectar a la tesorería, y el experto contable confirma el calendario aplicable. Las casillas de declaración se consultan en el formulario oficial vigente. Si la empresa solo tiene un derecho parcial a deducción, solo se anula la parte deducible y el resto recae sobre la declaración. El gerente del contratante debe, por tanto, conocer la situación de su empresa en este punto, pues determina el efecto real de cada factura de subcontratación.

La secuencia que seguir con cada factura recibida

  • Comprobar que la factura corresponde efectivamente a un caso de subcontratación de trabajos inmobiliarios de la edificación o de las obras públicas.
  • Verificar la mención «Autoliquidation» y la ausencia de IVA en la factura.
  • Calcular el IVA devengado a partir del importe sin impuestos, con el tipo aplicable a los trabajos.
  • Declarar ese IVA en la declaración de IVA correspondiente a su régimen.
  • Deducir el IVA dentro del límite del derecho a deducción de la empresa, según el calendario confirmado por el experto contable.

Si la factura recibida incluye IVA cuando se aplica la autoliquidación, no la contabilice tal cual. Pida al subcontratista una factura rectificada antes de pagar y de declarar.

Organizar el control de las facturas de subcontratación

El contratante asume una responsabilidad propia: es él quien declara el IVA. Le conviene, por tanto, controlar cada factura de subcontratación antes del pago, en lugar de hacerlo al final del periodo. También comprueba que ha comunicado su estatuto de sujeto pasivo a sus subcontratistas, para que estos facturen correctamente. Designe a una persona encargada de este control, entréguele la secuencia anterior y pídale que coteje la factura con el contrato. Esta disciplina evita regularizaciones tardías. En una obra con varios niveles de subcontratación, se aplica a cada factura recibida, sea cual sea el rango del emisor.

¿Qué aspecto tiene una factura en autoliquidación? Ejemplo ilustrado de ambos lados

A continuación se muestra una factura tipo de subcontratista y, después, el tratamiento en el contratante. Todos los importes y el tipo son ficticios y se dan a título ilustrativo. Un subcontratista factura 10 000 € sin impuestos de trabajos a una empresa contratante. La factura indica el importe sin impuestos, la mención «Autoliquidation», ninguna línea de IVA y un total a pagar igual al importe sin impuestos.

Factura del subcontratista a la empresa contratante (importes ficticios)
Línea de la facturaContenido
PrestaciónTrabajos subcontratados, obra designada en la factura
Importe sin impuestos10 000 €
IVA facturadoNinguno
MenciónAutoliquidation
Total a pagar10 000 €, es decir, el importe sin impuestos

Ejemplo ficticio.

Por el lado del contratante, el cálculo parte del importe sin impuestos de la factura, aquí 10 000 €. Para la ilustración se toma un tipo ficticio. El tipo realmente aplicable depende de los trabajos y se comprueba antes de cada declaración. El IVA devengado asciende entonces a un importe calculado sobre la base sin impuestos. Si la empresa tiene pleno derecho a deducción, puede deducir ese IVA: el saldo de la operación es entonces nulo, sin perjuicio del momento en que se produzca la deducción.

Tratamiento del IVA en el contratante (importes y tipo ficticios)
ElementoCálculoEfecto
Base10 000 € sin impuestosImporte de la factura recibida
IVA devengadoBase sin impuestos multiplicada por el tipo aplicableDeclarado por el contratante
Importe abonado al subcontratista10 000 €No se paga IVA al proveedor

Ejemplo ficticio y esquemático. El tipo aplicable y el derecho a deducción se comprueban según los trabajos y la situación de la empresa.

Lo que el contratante controla en esta factura

  • La mención «Autoliquidation» figura efectivamente en el documento.
  • No aparece ninguna línea de IVA y el total a pagar es igual al importe sin impuestos.
  • La descripción de los trabajos se corresponde con el contrato de subcontratación y con la obra de que se trata.
  • El tipo utilizado para calcular el IVA devengado corresponde a la naturaleza de los trabajos.

En este ejemplo, el subcontratista recibe 10 000 € y no ingresa ningún IVA por la operación. El contratante tampoco paga IVA a su proveedor: lo declara y después lo deduce según su derecho. El resultado es ficticio, pero la mecánica es la que hay que retener para cada factura real.

¿Cuáles son los errores frecuentes, los riesgos en caso de error y cómo corregirlos?

Cinco errores se repiten con regularidad: facturar IVA por error cuando se aplica la autoliquidación, olvidar la mención «Autoliquidation», aplicar la autoliquidación fuera de un caso de subcontratación (por ejemplo, en una factura al cliente final), confundir subcontratación y cotratación, e ignorar el estatuto del contratante. Cada uno exige una revisión de la factura y de las declaraciones de IVA afectadas.

Los riesgos recaen sobre las dos empresas. Una factura que no respeta la regla aplicable puede dar lugar a una regularización de las declaraciones de IVA, tanto del lado del subcontratista como del contratante. Un contratante que olvida declarar el IVA autoliquidado se expone a una rectificación de su declaración, con las consecuencias previstas por la normativa. Este artículo no cuantifica esas consecuencias, que dependen de la situación de cada empresa y de la doctrina del BOFiP: consúltelas con su experto contable o con su servicio de impuestos de las empresas. Un error detectado pronto se corrige con más sencillez que uno descubierto más tarde. Para evitar errores con los anticipos en una obra subcontratada, consulte también la página sobre la factura de anticipo en la construcción.

¿Cómo corregir una factura emitida con IVA por error?

El procedimiento de corrección que sigue es una práctica habitual: valídelo con su experto contable antes de aplicarlo.

  • Identificar la factura afectada y comprobar que corresponde efectivamente a la subcontratación de trabajos inmobiliarios de la edificación o de las obras públicas.
  • Emitir una rectificación de la factura, por ejemplo mediante un abono (documento que anula total o parcialmente una factura) seguido de una nueva factura conforme con la mención «Autoliquidation».
  • Informar al contratante para que no contabilice el IVA indicado por error.
  • Hacer confirmar por el experto contable la posible regularización de las declaraciones de IVA de las dos empresas.
  • Conservar constancia de la corrección en el expediente de obra.

Para limitar los errores, implante controles sencillos: una plantilla de factura específica para la subcontratación, una relectura antes del envío y un control antes del pago por parte del contratante. Una instrucción escrita, compartida entre el gerente, el departamento administrativo y el contable, cuesta menos que una regularización a posteriori.

Casos límite Ante un montaje contractual ambiguo, un contratante cuyo estatuto es incierto o un error ya declarado, consulte a su experto contable o a su servicio de impuestos de las empresas. Compruebe la regla actualizada en la doctrina del BOFiP y en service-public.gouv.fr antes de corregir.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la autoliquidación del IVA en la subcontratación de la construcción?

Es un mecanismo del CGI en el que el subcontratista factura sus trabajos inmobiliarios sin IVA y la empresa contratante, sujeta al IVA, declara ella misma ese IVA. Después lo deduce según su derecho a deducción. La declaración del IVA se transfiere así del proveedor al adquirente.

¿Qué trabajos están afectados por la autoliquidación en la subcontratación?

Se trata de trabajos inmobiliarios, en particular de construcción, reparación, limpieza, mantenimiento, transformación y demolición en la edificación y las obras públicas, encargados a un subcontratista por un contratante. La relación de subcontratación y el estatuto de sujeto pasivo del contratante cuentan tanto como la naturaleza de los trabajos. Consulte la doctrina del BOFiP para los casos particulares.

¿Qué mención hay que escribir en una factura con autoliquidación del IVA?

La factura debe llevar la mención «Autoliquidation» y no incluir ningún IVA. El importe a pagar es igual al importe sin impuestos, y la mención debe seguir siendo legible para explicar la ausencia de IVA. Para el texto exacto aplicable, remítase al CGI y a la doctrina del BOFiP.

¿Debe un subcontratista de la construcción facturar el IVA al contratista principal?

No, cuando se aplica la autoliquidación, el subcontratista factura sin IVA. El importe a pagar es entonces igual al importe sin impuestos. El contratante, ya sea contratista principal o subcontratista de rango superior, declara el IVA correspondiente, siempre que esté sujeto al IVA: conviene que el subcontratista lo haga confirmar antes de facturar.

¿Qué debe hacer el subcontratista en su propia declaración de IVA?

No cobra IVA en esta factura. Refleja la operación en su declaración, en la casilla indicada por el formulario oficial vigente. Confirme esa casilla, según su régimen de tributación, con su experto contable.

¿Se aplica la autoliquidación en la cotratación o en una factura al cliente final?

No. En la cotratación, cada empresa contrata directamente con el cliente, sin relación de subcontratación entre ellas. En una factura al cliente final se aplican las reglas habituales del IVA. Para un montaje mixto o un contratante no sujeto al IVA, pida la opinión de su experto contable antes de emitir la factura.

¿Qué riesgo corre una empresa que factura IVA por error cuando se aplica la autoliquidación?

La factura no respeta la regla aplicable y debe rectificarse. Según la situación, las declaraciones de IVA de las dos empresas pueden ser objeto de una regularización, cuyas consecuencias dependen de cada caso. Haga evaluar su situación por su experto contable o por su servicio de impuestos de las empresas.

¿Cómo corregir una factura de subcontratación emitida con IVA por error?

El subcontratista rectifica la factura, por ejemplo mediante un abono y después una nueva factura conforme con la mención «Autoliquidation», tras la validación de su experto contable. Se informa al contratante para que no contabilice el IVA indicado por error. El experto contable confirma después la posible regularización de las declaraciones de IVA.

EC

Equipo Constrigo

Expertos en software y gestión de la construcción. Explicamos la normativa y las buenas prácticas.

Seguir leyendo

Empezar gratis